De acuerdo con el Real Decreto-ley 16/2018, de 26 de octubre (BOE 27.10.18), por el que se adoptan determinadas medidas de lucha contra el tráfico ilícito de personas y mercancías en relación con las embarcaciones utilizadas, establece una serie de prohibiciones y limitaciones de uso en relación con las embarcaciones neumáticas y semirrígidas. En particular, quienes pretendan realizar actividades de fabricación, reparación, reforma, circulación, tenencia o comercio, así como a la navegación por cualquier punto de las aguas interiores, mar territorial español o zona contigua deben estar dados de alta previamente en el Registro de Operadores de Embarcaciones Neumáticas y Semirrígidas de Alta Velocidad y solicitar para cada embarcación afectada por esta normativa una solicitud de autorización de uso de embarcación.
Por tal motivo, se remite para conocimiento y difusión entre aquellos que pudieran estar afectados o interesados, tríptico que incluye un enlace a la página web de la AEAT, en la que está colgado. En dicha web figuran los modelos oficiales y el enlace para la tramitación electrónica, además de un documento de preguntas frecuentes.